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lunes, 3 de septiembre de 2012

Quiero estudiar como me lo merezco, no soy una esclava.

Estoy muy angustiada, estoy haciendo un trabajo práctico de la Uba de Sociedades, de 50 preguntas digo son dos, voy a postearlos para que quede a criterio de la sociedad el hecho de saber desde dentro en las circunstancias que me veo expuesta a estudiar, estoy siendo intervenida en mi conciencia (algun proyecto con ansias de redituabilidad a futuro supongo que esto podria venderse como un software del tipo mecanismo del delirio psicologico que viola todo tipo de derechos humanos, del cual yo no tengo por que soportar las pruebas que se realizan antes de llevarlo al conocimiento de la sociedad antes de que se vea si se consiguieron los fines buscados mientras que yo como carne de cañon ya llevo cinco años pidiendo por favor ue me dejen en paz, que respeten mi vida, mi privacidad, mi dignidad sin tener ningun  tipo de recurso legal, o de cualquiero otropo para repeler esta accion que defino LISA Y LLANAMENTE COMO TORTURA...
EN ESTE PAIS EN EL AÑO 2012 YO TENGO QUE ESTUDIAR TOLERANDO LAS VIOLACIONES QUE PARECEN MOSCAS ZUMBANDO EN MI MENTE...
SON MOSCAS QUE DONDE MAS MIERDA MAS SE POSAN LUEGO SE LA REBUSCAN PARA LLEGAR A MI, YO NO MIERDA, CIUDADANA, YO NO IDIOTA, ABOGADA SI ES QUE ALGUIEN PUDIERA POR FAVOR HABILITARME LA JURSDICCION. quedare eternamente agradecida...

DEJO EL TRABAJO PARA QUE SE VEA QUE NO ES NADA FACIL ESTUDIR DERECHO SBRE TODO SI UNO TERMINA CON EL DOBLE TRABAJO D CARGAR CON EL TRABAJO O PROYECTOS ACADEMICOS, O NEGOCIOS DE GENTE SIN ESCRUPULOS Y SIN NIGUNA IDEA DEL RESPETO POR LA VIDA Y PRIVACIDAD DEL SER HUMANO.

ESTOY CONTENTA DE QUE ME DEN TANTO TRABAJO, PIENSO QUE ES LO UNICO QUE ME PREPARA BIEIN PARA RENDIR UN PARCIAL, ME PARECE HUMILLANTE TANTO PARA MI COMO PARA LAS PERSONAS QUE ESTAN LLEVANDO A CABO ESTOAS APLICACIONES DE TECNOLOGIA EN MI SER SIN NINGUNA RAZON (CON LOS FINES DE TENER UN FUTURO DE RENOMBRE POR ESTE DISPARATE QUE ES UNA PICOTA VIRTUAL, Y HUMILLANTE Y VERGONZOSO PARA LOS ARGENTINOS, DEMOSTRAR QUE LA UNICA MANERA DE QUE AO SURJA DEL AMBITO ESTATAL O DE ORGAIZACION SEA ALGO ANTIDEMOCRATICO, Y TORTURANTE NO EXISTE DIFERENCIA ENTRE EL ESTUDIANTE QUE LEVANTABAN EN LA CALLE Y LO HACIAN DESAPARECER, A MI SE ME HIZO ESTO EN LA FACULTAD DE DERECHO, LA NOCHE DE LOS LÁPICES EN ARGENTINA EN EL AÑO 2012 YA ESTÁ ACÁ)....


Guía de lectura de fallos sobre inoponibilidad de la personalidad jurídica.

JTP: Dr. Agustín Bender – Cátedra: Vítolo - Peláez

 

1) Astesiano Monica I. c. Gianina, S.C.A s/nulidad de sociedad.-
Identifique:
1)    De que año es la sentencia.-
2)    En que año se agregó el 3er párrafo del art. 54 L.S.
3)    Los hechos invocados por las actoras.-
4)    La sentencia de primera instancia y sus fundamentos.-
5)    Hechos que la cámara considera probados.
6)    Cuales son los posibles encuadres jurídicos invocados por las actoras.-
7)    Cuales de estos encuadres llevarían a la disolución y liquidación de la sociedad y cuales no.
8)    En que se diferencia, según los camaristas, la doctrina de la “realidad jurídica societaria” de la “doctrina de la penetración de la personalidad”?
9)    Cual es la principal norma que resulta aplicable al caso.
Está Ud. de acuerdo con el fallo? En caso contrario indique la solución propuesta.
 
2) Llauró Hnos. Propiedades S.A. c/Llauró Marcos J. y otro
Identifique:
10) De que año es la sentencia.-
11) En que año se agregó el 3er párrafo del art. 54 L.S.
12) Por que se le prohibió a Martín Llauró el utilizar su nombre en el rubro inmobiliario.-
13) Cual fue el resultado del fallo de la cámara, cual fue la condena que se confirma.
14) Contra quién se dirigió originalmente la demanda incoada por Llauró Hnos. Propiedades S.A.
15) Hechos probados de forma directa y objetiva (señale en donde están explicitados)
16) Argumentos para justificar la extensión de la sentencia a la persona jurídica Martín Llauró propiedades S.A.
17) Algún argumento en particular que llame su atención por ser arbitrario u ofensivo.
18) Normativa positiva argentina en que se apoyan los jueces para declarar la inoponibilidad de la personalidad jurídica.
Está Ud. de acuerdo con el fallo? En caso contrario indique la solución propuesta.
 
3) Duquelsy, Silvia c/fuar S.A. y otro.
Identifique:
19) De que año es la sentencia.-
20) Los hechos señalados por la actora.
21) El derecho invocado por la actora.
22) Cual era la relación de la Sra. Silvia Noemí Cao con Fuar S.A.
23) Por que el hecho de que la Sra. Cao no fuera socia impide aplicar el art. 54.
24) Que normativa establecen aplicable?
Está Ud. de acuerdo con el fallo? En caso contrario indique la solución propuesta.
4) Palomeque, Aldo René c/Benemeth S.A. y otro s/recurso de hecho deducido por Gabriel Lipovetzky, Jacobo Lipovetzky y Sergio Lipovetzky.-
Identifique:
25) De que año es la sentencia.-
26) Que relaciones vinculaban a Benemeth S.A. y las personas físicas codemandadas.
27) Los hechos que se encuentran firmes.
28) El defecto de la sentencia de cámara.
29) Qué resuelve la corte. Qué piensa que resolverá la cámara cuando dicte el nuevo fallo con arreglo a lo dispuesto por la corte.
Está Ud. de acuerdo con el fallo? En caso contrario indique la solución propuesta.
 
5) Lippay, Victor Elías c/Contacto Gráfico S.R.L. y otro s/despido.-
Identifique:
30) De que año es la sentencia.-
31) Cual es la regla general sobre la validez de los testigos para acreditar pagos en negro en la cámara comercial?
32) Los hechos que la cámara comercial considera probados.
33) Los vínculos del Sr. López con Contacto Gráfico S.R.L.
34) Por que no consideran aplicable la desestimación de la personalidad jurídica.
35) Cual es la razón por la cual, finalmente, se lo condena a López.
36) Que cree que debería analizarse antes en los fallos, la responsabilidad de los directores o de los socios?
Está Ud. de acuerdo con el fallo? En caso contrario indique la solución propuesta.
 
6) Bresciani, José Felipe c/Expreso San Antonio S.R.L y otros.-
Indique:
37) De que año es la sentencia.-
38) Indique los hechos y la resolución de la sentencia de cámara.
39) Que resuelve la corte?
40) Si considera correcto el rechazo por el art. 280. Si es correcta su fundamentación.
Art. 280 CPCCN. - …La Corte, según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia.
41) En el considerando 7 de la disidencia de Lorenzetti, una frase incoherente o mal explicada.
42) Cuales son, de acuerdo a Lorenzetti, los requisitos para desestimar la personalidad jurídica. Cuales de estos criterios comparte con la jurisprudencia estudiada hasta ahora y cuales no.
43) Cuales son, de acuerdo a Lorenzetti, los requisitos para extender la responsabilidad a los administradores de la sociedad
Está Ud. de acuerdo con el fallo o con la disidencia? En caso de tener una tercera posición, indíquela.

 


Guía de lectura sobre procesos de reestructuración societaria.


JTP: Dr. Agustín Bender – Cátedra: Vítolo - Peláez


1) "San Isidro Golf Club" Resolución I.G.J. Nº
127.-



Indique:
1)

Que porcentaje del capital participó
de la asamblea que decidió la
transformación.


2) Por que los inspectores consideraron que se
podía afectar el derecho al remanente.
3) Cuales son los pasos a seguir en el
procedimiento de transformación.
4) Si la IGJ agregó pasos al procedimiento que
no están contemplados en los arts. 77 y ss. y
en caso afirmativo, explíquelos
5) Si hubo alguna impugnación de las asambleas,
oposición de acreedores o accionistas que
ejercieran el derecho de receso.
6) Si contempla la ley el procedimiento de
oposición de acreedores.
7) Si puede hacerse la transformación en caso de
oposición de los acreedores.
8) Como cree que se ve protegido el derecho de
los acreedores.
9) Que argumento adicional se esgrimió para
justificar la transformación.
10) Por que se decide aplicar las normas sobre
transformación que se establecen en la 19.550.
11) Si podría a su criterio en un futuro la
asociación civil transformarse nuevamente en
S.A.


2) "Sococia SA pedido de quiebra por Iggam S.A.I".-



12) Quien era en el reconocimiento de deuda el acreedor
y quién el deudor?
13) Al momento del fallo quién era el deudor?
14) Donde se debieron haber publicado los edictos y por
cuantos dias?
15) Podía la sociedad escindente pasar pasivos a la
escicionaria?
16) Que plazo tenía Sococia S.A. para oponerse a la
escición.
17) Tiene alguna posibilidad de reclamo el acreedor si
no se presentó a oponerse en el término previsto?
18) Resulta suficiente la oposición para garantizar su
derecho al cobro contra la Escindente?
19) Está Ud. de acuerdo con el fallo? indique en caso
contrario la solución propuesta.
20) Está Ud. de acuerdo con el procedimiento
establecido en la ley para la escición? Indique en caso
contrario la solución propuesta.


3) Fusíón:



21) Quién realiza el compromiso previo de fusión?
22) Quién aprueba el compromiso previo de fusión?
23) Quién realiza el compromiso de fusión?
24) Como se asigna valor a las partes de
interés/cuotas/acciones?
25) Como se valúa las operaciones o activos no
registrados en la contabilidad?


Guía de lectura sobre procesos de reestructuración societaria.


JTP: Dr. Agustín Bender – Cátedra: Vítolo - Peláez


1) "San Isidro Golf Club" Resolución I.G.J. Nº
127.-



Indique:
1) Que porcentaje del capital participó de la
asamblea que decidió la transformación.
2) Por que los inspectores consideraron que se
podía afectar el derecho al remanente.
3) Cuales son los pasos a seguir en el
procedimiento de transformación.
4) Si la IGJ agregó pasos al procedimiento que
no están contemplados en los arts. 77 y ss. y en
caso afirmativo, explíquelos
5) Si hubo alguna impugnación de las asambleas,
oposición de acreedores o accionistas que
ejercieran el derecho de receso.
6) Si contempla la ley el procedimiento de
oposición de acreedores.
7) Si puede hacerse la transformación en caso de
oposición de los acreedores.
8) Como cree que se ve protegido el derecho de
los acreedores.
9) Que argumento adicional se esgrimió para
justificar la transformación.
10) Por que se decide aplicar las normas sobre
transformación que se establecen en la 19.550.
11) Si podría a su criterio en un futuro la
asociación civil transformarse nuevamente en S.A.


2) "Sococia SA pedido de quiebra por Iggam S.A.I".-



12) Quien era en el reconocimiento de deuda el acreedor
y quién el deudor?
13) Al momento del fallo quién era el deudor?
14) Donde se debieron haber publicado los edictos y por
cuantos dias?
15) Podía la sociedad escindente pasar pasivos a la
escicionaria?
16) Que plazo tenía Sococia S.A. para oponerse a la
escición.
17) Tiene alguna posibilidad de reclamo el acreedor si
no se presentó a oponerse en el término previsto?
18) Resulta suficiente la oposición para garantizar su
derecho al cobro contra la Escindente?
19) Está Ud. de acuerdo con el fallo? indique en caso
contrario la solución propuesta.
20) Está Ud. de acuerdo con el procedimiento
establecido en la ley para la escición? Indique en caso
contrario la solución propuesta.


3) Fusíón:



21) Quién realiza el compromiso previo de fusión?
22) Quién aprueba el compromiso previo de fusión?
23) Quién realiza el compromiso de fusión?
24) Como se asigna valor a las partes de
interés/cuotas/acciones?
25) Como se valúa las operaciones o activos no
registrados en la contabilidad?